¿Paridad horizontal y vertical?

Querétaro muestra cifras escalofriantes respecto a la participación de las mujeres en la vida política del Estado y para muestra un botón: de 18 presidencias municipales sólo dos de ellas son ocupadas por mujeres, que son Huimilpan y Pedro Escobedo; lo que corresponde a un 11.1% de representación femenina. De 25 diputados locales sólo dos son mujeres, incorporándose una más, la Dip. Leonor Mejía, derivada de la licencia que solicitó el Dip. Luis Bernardo Nava. Es por ello, que de un 8% de representación de mujeres en nuestro Congreso Local, hoy se cuenta con un 11%. Situación que coloca a Querétaro, de acuerdo al estudio “Participación política de las mujeres 2014” realizado por el Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género de la Cámara de Diputados en el último lugar a nivel nacional.

Ante tal resultado, es sumamente justificable la “acción afirmativa” implementada en las reformas constitucionales, en la Ley General de Partidos Políticos y Constituciones Locales; pero… (porque siempre hay un pero) las convocatorias o lineamientos que emiten los Órganos Electorales Locales en muchos de los casos no son claros ni precisos; dejando a cada partido político decidir de qué forma, darán cumplimiento a la paridad en candidaturas.

Ante algunas inconsistencias de la norma y que deja a la interpretación la misma, tenemos que, de acuerdo a los criterios emitidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, respecto a la aplicación por parte de los partidos políticos en cuanto a la paridad en planillas de “presidente municipal y síndico” resolvió la Sala Superior  en fecha 14 de marzo de 2015, lo siguiente:

“La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la obligación de los partidos políticos de aplicar el principio de paridad de género, en la integración de planillas de candidatos a presidencia municipal y síndico en el estado de Morelos”

“La Magistrada María del Carmen Alanis Figueroa votó a favor del proyecto en virtud de que se confirma la sentencia de la Sala Regional Distrito Federal, en el sentido que define la paridad horizontal y vertical en la elección de los Ayuntamientos del estado de Morelos. Señaló que la paridad constituye una de las garantías para la protección y el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres”.

Si bien es cierto este criterio se dictó para el Estado de Morelos, también lo es que ha dejado precedente y si en nuestro Estado existiera alguna inconsistencia de “mujeres” que hayan realizado su proceso interno de selección y que no hayan sido tomadas en cuenta, podrían interponer el recurso o juicio correspondiente al ver vulnerados sus derechos político-electorales.

Al existir ya, una resolución judicial que habla de la paridad horizontal y vertical, es interesante realizar un análisis de las propuestas que se realizan en el Estado respecto a los cargos a presidencias municipales e integración de ayuntamientos. Por lo que, siguiendo dicha regla, queda claro, que de las 18 alcaldías que se competirán este 7 de junio próximo, 9 de ellas deberían ser encabezadas por “mujeres”. Sin embargo, de acuerdo a las certezas que ya se tienen respecto a los principales partidos políticos del Estado (PAN Y PRI) ninguno de ellos postula a “mujer” alguna a dichos cargos. Tal pareciera que las razones por las que no se ha dado este supuesto son, en palabras de las principales actoras políticas: Dolores de la Torre de ONMPRI  “Las alcaldías, en su momento, cuando haya mujeres competitivas estaremos trabajando y apoyándolas, pero siempre estamos respetando a nuestro partido” deja en claro, que el PRI no cuenta con mujeres competentes que estuvieran en la posibilidad de representar al partido en alguna alcaldía. Mientras que las declaraciones realizadas por Micaela Rubio Méndez, del PAN al respecto señaló: “nadie estuvo interesada… los resultados del incremento en las cuotas de género van a tardar en llegar” (1) argumento que evidencia la falta de propuestas femeninas por parte de dichos partidos.

Ante tales justificaciones de la no participación de “mujeres” al frente de una alcaldía, deja nuevamente a nuestro Estado en un retroceso respecto a la paridad horizontal, ya que en el proceso de 2012 se contó con la participación de dos mujeres una representando al PRI que fue Dalia Garrido para el Municipio de Corregidora, y una por el PAN Mary García para el Municipio de Huimilpan; mientras que para este proceso 2015, la participación de la “mujer” a dicho cargo es nulo.

Si a la paridad vertical se refiere, a pesar de que todas las candidaturas a presidencias municipales son encabezadas por hombres, el siguiente espacio (1er. regidor o regidora) debería corresponder a una “mujer” para que la posición 2 fuera hombre y así sucesivamente. Esto con la finalidad de que la responsabilidad de la “sindicatura” se encuentre a cargo de una “mujer” y no sólo de hombres. La paridad vertical permitirá que mujeres y hombres puedan desempeñar responsabilidades similares, sin que éstas solo queden a cargo de los hombres.

En las planillas que han salido a la luz pública de los partidos políticos en mención (PAN y PRI) su conformación de acuerdo a las resoluciones que ha emitido la Sala Superior del TEPJF al respecto, se debe prever una paridad en el orden de regidurías, por lo que, siendo el candidato a presidente municipal hombre, correspondería la primera regiduría a “mujer”, para continuar con un hombre posteriormente; y así sucesivamente. Garantizando con ello que mujeres y hombres puedan ocupar cargos de sindicatura, generando así igualdad de oportunidades para detentar cargos y responsabilidades dentro del Ayuntamiento.

Los registros ante el órgano electoral local se darán del 27 al 31 de marzo del presente, de cada uno y una de las candidatas a los diferentes cargos de elección. Siendo en ese momento cuando conoceremos con certeza la calificación de  validez o no  de cada uno de los registros, así como visibilizar si los partidos políticos del Estado dan cumplimiento a la “paridad” que les es exigida por nuestra Carta Magna.