
¿En qué casos congelan tus cuentas?
El SAT procederá a congelar tus cuentas bancarias si tienes adeudos fiscales, pero solo aplica en los siguientes casos:
- Si un contribuyente tiene adeudos fiscales y no interpone un medio de defensa, el SAT podría congelar las cuentas bancarias, además, solicitará la transferencia de los recursos para el cobro de impuestos.
- Si existen deudas fiscales sujetas a algún medio de defensa y no haya garantía, el SAT solicitará que congelen las cunetas bancarias y, de igual manera, los recursos se transfieren.
En caso de que te vayan a congelar tus cuentas bancarias, el SAT te lo hará saber a través del Buzón Tributario o personalmente, es decir, te enviarán un correo electrónico o te buscarán en tu domicilio fiscal.
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