Después de 62 horas de discusión a lo largo de cinco días, el Senado mexicano terminó este lunes la aprobación del primero de dos paquetes de leyes secundarias de la reforma energética, que aún debe revisar la Cámara de Diputados.
El proceso se cerró con la aprobación del cuarto y último dictamen que tenían los senadores, que contiene las leyes de Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética y de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, así como cambios a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
La Cámara alta había aprobado en días previos —del jueves al domingo— los tres primeros dictámenes con las nuevas leyes de Hidrocarburos, de la Industria Eléctrica, y de Petróleos Mexicanos (Pemex) y de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Estos cuatro documentos aún necesitan el visto bueno de la Cámara de Diputados para ser enviados a promulgación y entrar en vigor. A su vez, este órgano legislativo tiene un segundo paquete de normas energéticas relacionadas con los ingresos del Estado, que cuando queden avaladas deberán recibir el visto bueno del Senado.
Ambos paquetes buscan reglamentar la reforma constitucional en la materia promulgada en diciembre de 2013.
Estas modificaciones a la Constitución fueron impulsadas por el presidente Enrique Peña Nieto para abrir el sector energético a la inversión privada nacional y extranjera, una medida polémica que el Gobierno federal considera necesaria para modernizar la industria e impulsar el crecimiento económico del país.
Por el contrario, los partidos de izquierda afirman que con estos cambios se privatizarán los recursos energéticos y México sufrirá un “despojo”.
Nuevos órganos reguladores
Las leyes de órganos reguladores y de la agencia ambiental quedaron aprobadas en lo general por 86 votos a favor y 26 en contra. En lo particular, se avalaron por una votación de 86-26.
La primera legislación fija las reglas para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), instituciones clave en la apertura del sector energético a particulares.
La CNH será la responsable de autorizar los contratos del Estado con empresas privadas para la exploración y explotación de petróleo y gas, mientras que la CRE otorgará permisos para la generación y el suministro de electricidad.
Ambas instituciones funcionarán como órganos “coordinados” con el Gobierno federal, en particular, con la Secretaría de Energía (Sener).
Según el dictamen impulsado por el gobernante Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el opositor Partido Acción Nacional (PAN), esta coordinación es necesaria para que las decisiones que tomen estos organismos sean congruentes con la política energética que defina la Sener.
“Precisamente porque sabemos de las amenazas naturales a cualquier apertura económica, estamos dotando al Estado mexicano de todas las herramientas que necesita para proteger los intereses de todos los mexicanos”, dijo en tribuna el priista David Penchyna, presidente de la Comisión de Energía del Senado.
Sin embargo, los partidos de izquierda de la Revolución Democrática (PRD) y del Trabajo (PT) consideraron que las instituciones no tendrán autonomía suficiente para regular a los actores del sector.
“(Quieren) un Estado que no tenga capacidad regulatoria porque es parte de una intención clara y puntual de apertura que encuentre un Estado debilitado. Hoy sí se los puedo decir, porque este dictamen no satisface lo que he escuchado yo de muchas bancadas parlamentarias (sobre los supuestos beneficios de la reforma)”, dijo el perredista Armando Ríos Piter.
Reglas para los comisionados
Tanto la CNH como la CRE tendrán un órgano de gobierno integrado por siete comisionados, que serán propuestos por el presidente, ratificados por el Senado y durarán en el cargo siete años.
Sus sesiones y resoluciones deberán ser públicas, y deberán participar en un Consejo Coordinador del Sector Energético, en el que también estarán el titular de la Sener, los subsecretarios de la misma dependencia y los directores de los nuevos centros nacionales de Control de Gas (Cenagas) y de Control de Energía (Cenace).
La ley establece que para que estos comisionados eviten caer en conflicto de interés, estarán impedidos de participar en la decisión de un asunto cuando tengan parentesco —sin limitación de grado— con alguno de los interesados; cuando tengan interés personal, familiar o de negocios en un tema; o cuando hayan sido testigos, peritos o apoderados en casos que revisen los reguladores.
Discordia por la agencia ambiental
En cuanto a la nueva agencia ambiental, el dictamen plantea que este organismo esté desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Algunas de sus principales responsabilidades serán fijar los lineamientos para que las empresas del sector energético operen con principios de seguridad industrial y protección al entorno, supervisarlas y sancionar a quien incumpla normas en áreas como el manejo de residuos.
El tema también confrontó a los principales partidos, pues el PRI y el PAN defendieron su creación, mientras el PRD la calificó de “innecesaria”.
El senador perredista Alejandro Encinas dijo en tribuna que la fundación de este organismo será “onerosa” para el erario e implicará que se vean invadidas las facultades de otras instituciones. Al respecto, citó como ejemplo las atribuciones de la Comisión Nacional del Agua (Conagua).
La creación de la agencia es una obligación del Congreso, según los artículos transitorios de la reforma constitucional de diciembre pasado.
Desde entonces, la izquierda acusa que este punto es un “regalo” del PRI para su aliado tradicional, el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), un señalamiento que rechazan los militantes de esta fuerza política.
“La agencia no es una ocurrencia, la agencia representa prevención, representa cuidado. (…) Esta agencia es con un carácter preventivo, es una respuesta al nuevo modelo energético”, dijo Carlos Puente, del PVEM, ante las acusaciones del PRD.
El primer director de la nueva agencia deberá ser nombrado a más tardar 90 días después de la entrada en vigor de la norma.