Muchas personas contratan “tiempos compartidos” que ofrecen algunas cadenas de hoteles, sin saber en realidad cuáles son sus alcances.

Por ello, la revista Proteja su dinero, de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), lanzó una serie de recomendaciones para evitar comprar un producto que no es lo que se esperaba.

El artículo 64 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), los tiempos compartidos consisten en poner a disposición de una persona o grupo de personas el uso, goce y demás derechos que se convengan sobre un bien o parte del mismo, en una unidad variable dentro de una clase determinada, por periodos convenidos mediante el pago de alguna cantidad.

Antes de contratar el servicio, es necesario verificar las condiciones de compra, los términos del contrato y si realmente cubre las expectativas vacacionales, ya que muchas veces se compra con la idea de viajar cuando se quiera.

Más información en Excélsior.

http://www.dineroenimagen.com/2017-07-04/88436?categoria=%22dinero%22

Compartir