CUOTAS DE GÉNERO EN REGISTRO DE CANDIDATURAS

LIDIA AURORA LÓPEZ NÚÑEZ

Abogada litigante y asesora jurídica en temas electorales, docente universitaria,
Doctorando en Derecho Corporativo.

Las cuotas de género en los registros de candidaturas para el proceso electoral 2014-2015 es consecuencia de los acontecimientos históricos y resoluciones judiciales suscitados en los procesos electorales anteriores.

No es un tema de moda, ni debe ser entendido como un proyecto para teñir nuestras instituciones de rosa, es un cambio profundo e implica un nuevo paradigma; la participación equitativa de mujeres en la toma de decisiones en el estado.

La pretensión es garantizar la representación equitativa de cada género en las candidaturas registradas por los partidos políticos, que históricamente tienen más candidatos varones que mujeres; lo que se pretende es obtener espacios de participación y un escenario en el que exista la posibilidad real de ganar una contienda electoral.

Se trata de una discriminación positiva que conforme avanzan los procesos electorales se regula con mayor técnica y precisión. Pero esto no ocurrió de forma espontánea, fueron necesarios varios tropiezos correcciones de camino para llegar a este momento histórico.

Recordemos las candidatas que al ser electas por la mayoría de los votantes y posterior a la toma de protesta cedían su cargo al suplente, que en todos los casos era varón, argumentando alguna enfermedad que les impedía continuar; este fenómeno fue conocido como “Juanitas”.

Nuestro Código Federal de Instituciones y procedimientos electorales (COFIPE) sufrió un importante cambio, para establecer que los registros de candidaturas no podían ser superiores al 60% de un solo género.

El proceso judicial en contra del Acuerdo CG327/2011 del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se indican los criterios aplicables para el registro de candidaturas a los distintos cargos de elección popular que presenten los partidos políticos y, en su caso, las coaliciones ante los Consejos del Instituto.

En la sentencia emitida en el proceso SUP-JDC-12624/2011, en particular en el Resolutivo SEXTO inciso b) se ordenó “En el caso de las candidaturas que conforman la cuota de género prevista en el artículo 220, párrafo primero, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (mínimo cuarenta por ciento del total), la fórmula completa (propietario y suplente) debe integrarse por candidatos del mismo género.”

La tesis de jurisprudencia 3/2005 ESTATUTOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS. ELEMENTOS MÍNIMOS PARA CONSIDERARLOS DEMOCRÁTICOS, establece que los Partidos Políticos deben garantizar “la igualdad en el derecho a elegir dirigentes y candidatos, así como la posibilidad de ser elegidos como tales”.

Para el proceso electoral 2014-2015 tenemos cambios importantes, como es el artículo 5 de la Ley General de Partidos Políticos “En ningún caso se admitirán criterios que tengan como resultado que alguno de los géneros le sean asignados exclusivamente aquellos distritos en los que el partido haya obtenido los porcentajes de votación más bajos en el proceso electoral anterior.”

Algunos Partidos Políticos para cumplir con las cuotas de género registraron en sus fórmulas a mujeres en los Distritos en que según sus estadísticas normalmente obtenían menor votación, limitando de esta forma que la posibilidad de llegar a tener representantes del género femenino fueran mínimas.

Los artículos 234 y 364 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos en sus respectivos incisos 1 establecen una obligación para los partidos políticos para registran listas compuestas por titulares y suplentes del mismo género y en el caso de candidaturas al Senado, la integración debe ser alternada.

La equidad de género es un reclamo social y un reflejo de nuestra sociedad, integrada en su mayoría por mujeres; la legislación ha sufrido cambios, si bien no son suficientes, se ha transformado el escenario normativo electoral, faltan las modificaciones al interior de los Partidos Políticos, que es donde se originan estas listas y donde actualmente se comienzan a generar los diálogos y estructuras tendientes a lograr los espacios equitativos por género.

 

 

 

 

Compartir