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La Procuraduría General de Justicia del Estado informa que como resultado del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público de Procesos, el Tribunal Superior de Justicia modificó la sentencia condenatoria dictada en contra de JOSÉ URIEL GALVÁN MARTÍNEZ y JOSEFINA MONTOYA ORTEGA, por su responsabilidad en la comisión de los delitos de EXTORISIÓN y HOMICIDIO.

 En un principio, el juzgador dictó sentencia de 22 años de prisión  y el pago por concepto de multa y reparación el daño; sin embargo, ante la apelación del Ministerio Público de Procesos el Tribunal Superior de Justicia rectificó e incrementó la sentencia a 30 años de prisión, además de los pagos  por los conceptos previamente establecidos.    

De acuerdo con el proceso penal 70/2014, radicado en el Juzgado Quinto de Primera Instancia Penal del Distrito Judicial de Querétaro, el pasado 23 de febrero de 2010, cerca de las 7 de la mañana, los imputados obligaron a su víctima a hacer entrega de 300 mil dólares, a fin de brindarle a esta y a su familia seguridad, toda vez que –según indicaron- habían sido contratados por otra persona para hacerles daño.

Con este argumento, y tras haber pagado 200 mil pesos, la víctima fue llevada al municipio de Tequisquiapan, en donde fue lesionada con un arma blanca y con objetos contundentes, principalmente en cabeza, tórax y cuello, lo que posteriormente le causó la muerte.

En este sentido, el pasado 11 de septiembre del 2013, se dictó sentencia condenatoria a JOSÉ URIEL GALVÁN MARTÍNEZ y a JOSEFINA MONTOYA ORTEGA, imponiendo una pena en lo individual de 22 años de prisión y 80 días de multa, así como la reparación del daño, y de manera mancomunada al pago de la cantidad de 211 mil 531 pesos a favor de deudos.

Sin embargo, derivado de esta determinación, el Ministerio Público de Procesos, se inconformó, por lo que interpuso recurso de apelación, con lo que en el Toca Penal 1476/2013, se logró incrementar la sentencia a 30 años de prisión, así como el pago mancomunado de 211 mil 531 pesos a favor de deudos.

 

 

Fuente: Procuraduría General de justicia del Estado.

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