En Oficialía de Partes del Poder Legislativo, el diputado Héctor Iván Magaña Rentería en compañía de Antonio Fernández Guillemin, integrante de la Red de Alianzas de la Iniciativa “Sin voto no hay dinero”, presentó este proyecto de ley que tiene como finalidad reducir el financiamiento a los partidos políticos, que desde hace varios meses ha sido impulsada por varias organizaciones que tienen  presencia en diferentes estados.

El legislador Héctor Magaña explicó que esta asociación ciudadana es impulsora de dicha iniciativa, y que en voz del legislador Independiente de Jalisco, Pedro Kumamoto, se ha dado a conocer a nivel nacional, por lo que aclaró que solo es el canal para presentar esta iniciativa en el congreso del estado.

Por su parte, Antonio Fernández informó que esta Red de Alianzas de la iniciativa “Sin voto no hay dinero”, es conformada por más de 120 organizaciones, con el fin de impulsarla en más de 20 estados, y que la ciudadanía conozca el tema del financiamiento público y la importancia de reducirlo a los partidos políticos. Manifestó su agradecimiento al diputado Héctor Magaña por haberse unido a la intención de esta red, y pidió a los demás legisladores locales, se unan a esta iniciativa para que pueda ser realidad en este estado. Dio a conocer que el primer estado en integrarse a esta propuesta fue Jalisco, seguido de Yucatán, por lo que espera que Querétaro se convierta en la tercera entidad en aprobarla.

Este proyecto de Ley reforma el Artículo 7 de la Constitución local, así como la Ley Electoral tiene la finalidad de establecer las condiciones y mecanismos para que los partidos políticos estatales y nacionales tengan acceso al financiamiento público local destinado al cumplimiento de sus fines.

 

Indica que el financiamiento público estatal para los partidos políticos nacionales o estatales que mantengan su registro después de cada elección, se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes de la siguiente manera:

 

Se propone que el financiamiento público para partidos políticos locales que mantengan su registro después de cada elección. Los partidos políticos nacionales que mantengan su acreditación en el estado, tendrán derecho a recibir financiamiento público estatal para financiar los gastos de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de los votos válidos obtenidos en la elección a diputados, por el sesenta y cinco por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. El 30% de la cantidad que resulte de acuerdo con lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria, y el 70% restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.

Asimismo, el financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto durante el año en que se elijan gobernador, diputados locales y ayuntamientos, equivaldrá al cincuenta por ciento del financiamiento público que corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese mismo año; cuando sólo se elijan diputados locales y ayuntamientos, equivaldrá al treinta por ciento del financiamiento por actividades ordinarias. Este financiamiento se otorgará independientemente del que corresponda conforme al inciso anterior.

Por otra parte, el financiamiento público por actividades específicas, relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales equivaldrá al tres por ciento del monto total del financiamiento público que corresponda en cada año por actividades ordinarias que se distribuirá a los partidos políticos de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados locales inmediata anterior. Este financiamiento se otorgará independientemente del que corresponda conforme a los dos incisos anteriores.

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