El Senado publicó este martes en su Gaceta Parlamentaria las iniciativas de reforma en materia de telecomunicaciones, que se pretenden someter a consulta y dictaminar en los 45 días que le restan al periodo ordinario.

El proyecto recibido es prácticamente igual al circulado la semana pasada entre las dirigencias partidista, y que se remitió al Senado, en el que se comparten funciones del Instituto Federal de Telecomunicaciones con las secretarías de Comunicaciones, de Salud y de Gobernación a la que se le dan las facultades para supervisar contenidos (en vez del IFT) incluyendo los de la televisión restringida.

En el paquete de iniciativas remitidas ayer por el presidente Enrique Peña Nieto se «suavizan» las sanciones en contra de los concesionarios, al reducir a la mitad el monto previsto en el borrador circulado en el Senado la semana pasada.

El borrador anterior planteaba sanciones que, por reincidencia, podrían ascender hasta un 10 por ciento de los ingresos de un concesionario. No obstante, en la iniciativa enviada ayer por el presidente Enrique Peña Nieto se reducen a la mitad para llegar a un máximo del 5 por ciento cuando reincidan en violaciones a la norma.

El Ejecutivo propone que las sanciones mínimas asciendan al 0.51 por ciento y las máximas al 2.5 por ciento, pero no especifica si aplicarán de forma anual, mensual, semanal o diaria.

Se propone que los medios privados puedan comercializar sus espacios con publicidad y patrocinios, hasta en un 40 por ciento en el caso de la radio y 18 por ciento en el caso de la televisión, que además podrán comercializar más si utilizan producción nacional independiente.

En el caso de los medios públicos –que reciben presupuesto del Estado—el artículo 86 determina que podrán comercializar espacios con donativos, venta de productos o servicios, patrocinios, proyectos de financiamiento y convenios de coinversión.

No obstante, después de la reunión que tuvieron concesionarios de la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT) con senadores del PRI la semana pasada- encabezados por Tristán Canales- a los medios sociales se les propone financiarse solamente con patrocinio, pero no con publicidad.

En el caso de internet se introduce un capítulo específico, que a decir de expertos como la ex presidenta de la Asociación Mexicana del Derecho a la Información (AMEDI), Aleida Calleja, puede generar casos de censura.

El capítulo VI de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión regula la neutralidad de las redes y establece que los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a internet deberán sujetarse a los lineamientos de carácter general que al efecto expida el instituto.

Tendrán que garantizar la libre elección de los usuarios para acceder a cualquier contenido, aplicación o servicio ofrecido dentro del marco legal, sin limitar, degradar, restringir o discriminar el acceso a los mismos.

No deberán discriminar, pues se abstendrán de obstruir, interferir o discriminar arbitrariamente contenidos, aplicaciones o servicios, en especial en razón del origen o propiedad de los mismos, salvo cuando sean ilícitos o ilegales.

Sin embargo, el párrafo III en materia de «Privacidad» determina que los concesionarios «deberán preservar la privacidad de los usuarios y la seguridad de la red. Podrán bloquear el acceso a determinados contenidos, aplicaciones o servicios a petición expresa del usuario, cuando medie orden de autoridad o sean contrarios a alguna normatividad».

En materia de seguridad, obliga a que los concesionarios guarden los registros de los usuarios de telefonía y, en caso de ser requeridos por la PGR, autoridades locales y ministerio público, se entreguen, aunque no precisa que sea mediante orden judicial.

Sólo especifica que se requerirá orden judicial en el caso de riesgos a la seguridad nacional.

Milenio-

[iframe src=»http://www.slideshare.net/slideshow/embed_code/32717791″ width=»676″ height=»600″ frameborder=»0″ marginwidth=»0″ marginheight=»0″ scrolling=»no»]

Compartir